¿Tienen cabida los criminólogos en la lucha contra los delitos de odio?

Autor: Alba Díaz Ortega

RESUMEN

Los delitos de odio incrementan año tras año y ocasionan grandes perjuicios a las víctimas. En el año 2019, solo en España, se han registrado un total de 1.706 delitos e incidentes de odio, de los cuales 204 se han cometido en el ámbito de Internet y las redes sociales. Este artículo aborda la definición de los delitos de odio, las cifras del último informe y algunas de las funciones del criminólogo en la prevención de tales delitos.

Palabras clave: Delitos de odio, Prevención, Criminología, Víctimas, Redes sociales, Prevención de delitos de odio.

    Las formas de delincuencia evolucionan y se adaptan a los cambios sociales. El caso de los delitos de odio no es una excepción, pues con la aparición de las nuevas tecnologías se ha aprovechado el espacio online para expandir el odio hacia ciertos colectivos mediante las redes sociales y las fake news.

    Esto no quiere decir que se haya dejado a un lado el medio físico para cometer este tipo de delitos. Al contrario, a pesar del incremento de los delitos de odio a través de Internet, como se verá más adelante, los delitos de odio “offline” siguen al alza y son los mayoritarios.

    Uno de los problemas existentes en los delitos de odio, como ocurre en otro tipo de delitos (dos claros ejemplos son los delitos contra la libertad sexual y violencia de género), es la cifra negra. Esto equivale a que un número indeterminado de posibles delitos de odio no se denuncian y, por tanto, no aparecen en las cifras oficiales.

    A su vez, las víctimas de delitos de odio sufren daños físicos y/o emocionales incalculables. Las víctimas son seleccionadas por motivos de intolerancia y, en consecuencia, resulta atemorizado todo el colectivo y se pone en riesgo la seguridad de toda la ciudadanía. No olvidemos que en este tipo de discriminaciones se menoscaban los derechos humanos esenciales de las personas.

¿Qué son los delitos de odio?

    Atendiendo a la definición de la OSCE, un delito de odio es una infracción penal contra las personas o las propiedades donde se elige a la víctima, local u objetivo de la infracción por su conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un determinado grupo social.

    Más concretamente, el grupo social debe estar basado en una característica común, siendo esta su raza (real o percibida), el origen nacional o étnico, el lenguaje, la religión, el sexo, la edad, la discapacidad (intelectual o física), la orientación sexual o algún otro factor semejante.

    Introduciéndonos ligeramente en las estadísticas del Ministerio de Interior, en el año 2019 se han registrado un total de 1.706 delitos e incidentes de odio. Dentro de esta cifra, 204 se han cometido en el ámbito de Internet y las redes sociales.

    Por un lado, se advierte la justa incidencia del medio online en los delitos de odio. Si bien se ha incrementado el número de delitos en Internet con respecto a otros años, el medio físico sigue siendo el más predominante.

    Al otro lado, no debe pasar desapercibido el aumento de los delitos de odio en los últimos años. Desde que se tienen registros en nuestro país (2013), exceptuando algún año concreto, la tasa de delitos de odio se ha incrementado notablemente. Por ejemplo, en 2019 el incremento del total de delitos e incidentes es del 6,8% con respecto a 2018.

    Naturalmente, los delitos de odio se clasifican en distintos ámbitos en función del grupo social victimizado. El Ministerio de Interior actualiza cada año en sus informes estos ámbitos y aporta los siguientes datos (2019):

delitos de odio
Tipologías delictivas

Fuente: elaboración propia a partir del Ministerio de Interior

* Actos racistas, xenófobos e intolerancia en el deporte

Fuente: elaboración propia a partir del Ministerio de Interior

    Al observar las estadísticas, se aprecia el predominio de los delitos de odio por ideología, racismo/xenofobia y orientación sexual e identidad de género. A su vez, las amenazas, las lesiones, los daños y el resto (de las que no vienen especificadas) son las tipologías delictivas más cometidas.

    En este punto es preciso aclarar que, en algunos casos, especialmente las personas sin hogar (aporofobia), no denuncian debido a la falta de recursos y al encontrarse totalmente desamparadas, entre otras razones. Se calcula que en este caso concreto se denuncia entre el 10 y el 20% de los incidentes.

Recomendaciones de prevención

    Las recomendaciones de prevención ante delitos de odio que ofrece el Ministerio de Interior son las siguientes:

    A primera vista, esta serie de consejos proporcionan soporte una vez que se ha cometido el delito. En efecto, se han desarrollado numerosos planes y protocolos de actuación especialmente dirigidos hacia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Estos protocolos tienen el objetivo primordial de ofrecer la mayor protección y atención a las víctimas.

    Justamente, este tipo de prevención es lo que se conoce en criminología como prevención terciaria, la cual se implanta cuando ya se ha cometido el hecho delictivo.

    En pocas palabras, la prevención terciaria es una de las tres etapas de la prevención del delito: primaria, secundaria y terciaria. Así pues, esto deja en el aire una cuestión muy importante:

¿Qué podemos aportar los criminólogos?

    Entre las infinitas aportaciones de la Criminología a este campo, quisiera centrarme únicamente en las relativas a la prevención.

    En primer lugar, una de nuestras funciones principales es identificar los factores de riesgo/protección de la comisión de cada fenómeno en específico. Esta tarea nos permite detectar los factores que posiblemente desencadenan la conducta delictiva y, con ello, elaborar el plan de prevención aplicado al caso concreto.

    Como he dejado caer en el apartado anterior, un programa de prevención integral debe abarcar las tres etapas anteriores. En conjunto con otros profesionales especializados en la materia, los/as profesionales en Criminología podemos y deberíamos intervenir en los siguientes ámbitos:

A su vez, los programas de prevención deben ir dirigidos a:

  • Prevención primaria

    Las iniciativas dirigidas a toda la población en general (en especial a las escuelas) con el objetivo de educar, concienciar y sensibilizar sobre el odio y todas sus formas.

  • Prevención secundaria:

    Programas e iniciativas encaminadas a intervenir en las poblaciones de riesgo para evitar que acaben siendo agresores o víctimas.

  • Prevención terciaria:

    Destinado a las personas ya comprendidas en el sistema de justicia penal con el fin de ofrecer apoyo, lograr la confianza de las víctimas en el sistema judicial y policial, evitar la reincidencia del agresor, etc.

  • La víctima

    Para ofrecer la mejor atención, apoyo y protección antes, durante y una vez finalizado el procedimiento penal o administrativo.

  • El delincuente:

    Tal y como se ha contemplado, hasta ahora se ha puesto el foco en las víctimas y en su protección. No obstante, los programas también deben hacer énfasis en los agresores. Son importantes las iniciativas dirigidas a prevenir la existencia de futuros agresores y al correcto tratamiento de los mismos para evitar su reincidencia.

  • La comunidad:

    Por último, es interesante el estudio de ciertos barrios, pueblos o ciudades donde se cometen más delitos de odio. Este estudio ayudaría a delimitar dichas zonas y proponer ciertas mejoras que logren reducir las cifras.

    Por tanto y para finalizar, en la lucha contra los delitos de odio sería un error no contar con criminólogos/as para hacer frente a este problema. Recordemos que nuestro campo y formación concierne al estudio del delito y todas sus formas: el delincuente, la víctima, los sistemas de control y las reacciones sociales frente al delito. ¡No olvides comentar al final del artículo y en nuestras redes sociales (en especial si quieres añadir alguna propuesta)!

    STOP on HATE: Iniciativa sin ánimo de lucro impulsada por onBRANDING para detectar, denunciar y gestionar la eliminación de contenido de odio en la red.

Alba Díaz Ortega – Criminóloga

REFERENCIAS

     Grupo de Victimología de Delitos Violentos (23 de septiembre de 2019). Decálogo de funciones del criminólogo en prevención de delitos violentos y tratamiento victimal. Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid [Blog]. Recuperado de https://colegiocriminologosmadrid.es/decalogo-de-funciones-del-criminologo-en-prevencion-de-delitos-violentos-y-tratamiento-victimal/

     Hatento, Observatorio de Delitos de Odio contra las Personas Sin Hogar. (2015). Los delitos de odio contra las personas sin hogar. Zerbitzuan: Gizarte zerbitzuetarako aldizkaria= Revista de servicios sociales, (59), 79-92. doi: 10.5569/1134-7147.59.05

     Ministerio del Interior. (2019). INFORME DE LA EVOLUCIÓN DE LOS DELITOS DE ODIO EN ESPAÑA. Recuperado de http://www.interior.gob.es/documents/642012/3479677/informe+evolucion+2019/631ce020-f9d0-4feb-901c-c3ee0a777896

     Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Viena). (2011). Manual sobre la aplicación eficaz de las directrices para la prevención del delito (Serie de manuales sobre justicia penal). Nueva York: United Nations.

     Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE). (2005). Materiales Didácticos n.º 5: La Lucha contra los Delitos de Odio en Europa. Recuperado de https://plataformaciudadanacontralaislamofobia.files.wordpress.com/2016/01/delitosodiooscenumero5.pdf

     Redondo Illescas, S., & Garrido Genovés, V. (2013). PRINCIPIOS DE CRIMINOLOGÍA (4ª Edición). Valencia: Tirant lo Blanch.